En Colombia la crisis que se vive en la rama judicial hace más de 20 años, llego en la actualidad a un punto crítico que pone en peligro los ideales y principios plasmados en la constitución política de Colombia de 1991.
Esta crisis se debe a la falta de leyes eficaces al contexto colombiano y el déficit de presupuesto de la rama judicial, pero con la reforma planteada por el ejecutivo para aliviar esta crisis desde mi punto de vista es insuficiente y pone en peligro la armonio tripartita del estado lo que quiere decir que debilita la rama judicial frente a los demás poderes que son el ejecutivo y legislativo.
Si agregamos el choque interno que se vive en las altas cortes por las discrepancias, diferencias en métodos de interpretación jurídica para cada caso y cada corte lo que propone esta reforma a la justicia al darle competencias a las cortes para investigar y juzgar a sus magistrados, quitarle competencias al consejo de estado. ¿Por qué? Es darle facultades a las distintas cortes para investigar a uno corte u otra por ciertos fallos lo que hace que se pierda la armonía y la agilidad que debe caracterizar la justicia ya que se desgastan en asuntos irrelevantes, Es agudizar la problemática de la rama judicial. Esta reforma desde mi punto de vista no va aliviar la carga que en este momento tienen los jueces y magistrados por los procesos represados ya que para estándares internacionales por el número de ciudadanos, a Colombia le hace falta doblar su cuerpo de diseptatoris y los funcionarios que ayudan a estos. Y esta medida solo sería efectiva para lograr un equilibrio en los procesos futuros que entran para ser dirimidos para destrabar el aparato judicial se necesitan unos jueces y magistrados temporales que se dedicarían a solucionar procesos reprimidos en las altas cortes, en la reforma a la rama judicial no se enuncia ninguno de estos planteamientos.
Otro problema es el de leyes retrogradas que van a un paso paquidérmico y se quedaron atrás del estado social de derecho es necesario la reforma de la mayoría de códigos procedimentales y el paso a la oralidad en todas las instancias judiciales no da espera.
Se debería crear la jurisdicción constitucional para que sean estos funcionarios especialistas en derecho constitucional al servicio del ciudadano las 24 horas del día como ocurre en México con el amparo constitucional lo que en nuestro medio se conoce como la acción de tutela.
Por la seguridad jurídica es necesario la unificación de la doctrina de las altas cortes y una fuerza vinculante para los jueces de inferior jerarquía ya que de hacerse este proceso los casos que llegarían a casación o a las altas cortes serían en los que exista alguna laguna jurídica pero para los similares el juez de inferior jerarquía ya sabría cómo debería dictar su fallo, el problema es ¿Quién debe hacer esa labor? En la reforma a la justicia se plantea que en materia de derechos fundamentales sea la corte constitucional apoyo esta noción ya que la corte constitucional al ser el intérprete natural de la constitución goza de una jerarquía superior a los demás tribunales en materia de derechos fundamentales, al ser la constitución política ley de leyes y cabeza de la jurisdicción colombiana su interprete goza de igual categoría, las demás cortes no están de acuerdo con este enunciado de la reforma a la justicia ¿Por qué? Consideran que cada tribunal debe ser natural para dirimir estas sentencias en caso de los fallos de tutela contra providencias judiciales, que sería violar el principio de la autonomía institucional.
Para ese conflicto planteo la siguiente solución es con la creación de la jurisdicción constitucional con la creación de esta, se podría anexar una sala constitucional en cada corte que fallarían en 1 instancia siendo la corte constitucional la que definitivamente decida sobre las tutelas es ilógico limitar el poder de la corte del derecho político. Como van las cosas la solución a los problemas que aquejan a la rama judicial no tienen pronta solución por la falta de compromiso de las demás ramas del poder para solucionar la problemática.
En conclusión la rama judicial y en mi humilde opinión considero que es una reforma constitucional que no es innecesaria como podrían también catalogarse las ultimas que sufrió nuestra joven constitución con una ley de emergencia se podría amortiguar este impase hasta que el ejecutivo encuentre una solución de fondo o haga caso a las peticiones de los magistrados de los altos tribunales.
segun este articulo ¿en colombia no existe seguridad juridica?
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